Claves de la ley del aborto-2023

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La reforma de la ley del aborto, impulsada por el Ministerio de Igualdad y que ha sido aprobada definitivamente por el Congreso, garantiza la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos, elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años, y regula la objeción de conciencia.

Asimismo introduce medidas novedosas, como las bajas laborales por menstruaciones incapacitantes o el acceso gratuito a la píldora del día después.

Este proyecto de ley ha llegado al Congreso para su aprobación definitiva con un blindaje del acceso al aborto frente a posibles protocolos antiabortistas, como el planteado por Vox en Castilla y León, a través de una enmienda transaccional del PSOE sobre otra de Más Madrid, que fue firmada por todos los grupos de la ponencia, incluido el PP.

Con esta enmienda, la ley recoge en su artículo 24 que las administraciones deberán “garantizar el libre ejercicio del derecho a la interrupción del embarazo en los términos de esta ley y, especialmente, velarán por evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o para demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo” con “la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente”.

Así quedan los derechos que reconoce esta ley para las mujeres y los cambios respecto a la ley anterior:

Sin permiso paterno a partir de 16 años

Con esta ley, las jóvenes de entre 16 y 17 años y las mujeres con discapacidad podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de ningún permiso por parte de sus padres o tutores. Con ello, se suprime el requisito que incorporó en 2015 el PP en su modificación de la ley vigente de 2010.

El aborto en España, en cifras: una interrupción voluntaria del embarazo por cada 100 mujeres al año

El aborto en España, en cifras: una interrupción voluntaria del embarazo por cada 100 mujeres al añoANA MARTÍN PLAZA | DATOSRTVE

Además, las mujeres que se sometan a un aborto tendrán derecho a una baja incapacitante, al tiempo que se incorpora la provisión de asistencia y acompañamiento integral y especializada en los casos de interrupción del embarazo.

Aborto libre hasta la semana 14 

La reforma mantiene los plazos fijados por ley en 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional, con lo que el aborto seguirá siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación.

Sin embargo, excepcionalmente se podrá interrumpir hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico.

Y garantizado en la sanidad pública

Actualmente, el 85% de abortos en España se produce en centros privados. La nueva ley garantizará el aborto en la Sanidad Pública por la vía de urgencia y pone especial énfasis en la cercanía del domicilio de las mujeres con el objetivo de acabar con los desplazamientos a cientos de kilómetros que cada año realizan cientos de mujeres para interrumpir su embarazo, muchas veces para acabar en clínicas privadas ante la negativa de los hospitales a los que acuden. Además, las mujeres podrán elegir entre el aborto quirúrgico y el farmacológico, que deberán estar disponibles ambos en todos los centros.

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Registro de objetores

En esta línea, la ley garantizará la objeción de conciencia como un derecho individual y será regulada del mismo modo que en la Ley de Eutanasia para garantizar que siempre haya personal disponible para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En este sentido, la norma deja claro que quien se declare objetor, lo será tanto en la sanidad pública como en la privada.

Se eliminan los tres días de reflexión obligatorios

El anteproyecto del Gobierno elimina los tres días de reflexión hasta ahora obligatorios y la entrega de información sobre las alternativas y ayudas en el caso de seguir adelante con el embarazo, a no ser que la mujer lo solicite.

Amplía los derechos reproductivos a las personas trans

Las reforma amplía los derechos reproductivos a todas las “personas trans con capacidad de gestar”, es decir, a las que han cambiado su sexo al masculino pero que han mantenido su aparato reproductor femenino.

Distribución gratuita de la píldora y métodos de anticoncepción masculina

Con la futura ley, las píldoras anticonceptivas de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social  y se distribuirán gratuitamente en los centros de salud, así como en los servicios de salud sexual y reproductiva. Actualmente, este anticonceptivo de emergencia se puede comprar sin receta en las farmacias a un precio de alrededor de 20 euros, aunque algunas comunidades ya prescriben de forma gratuita en los centros de salud. Con esta ley, la píldora deberá estar disponible en todas las farmacias.

También se promoverán los métodos de anticoncepción masculina, para que ésta no sea sólo una responsabilidad de las mujeres.

Salud menstrual: bajas por reglas incapacitantes

En cuanto a la salud menstrual, por primera vez una ley le dedica un apartado con medidas como una baja de incapacidad laboral temporal para las mujeres que tengan reglas muy dolorosas e incapacitantes. Su coste será asumido desde el primer día por la Seguridad Social, no se exigirá un mínimo cotizado y durará el tiempo que necesite la mujer, en cuyo historial clínico debe constar que padece este problema.

En los institutos, prisiones, centros de la mujer, centros cívicos, centros sociales, organismos públicos, etc, se repartirán gratuitamente productos como tampones, compresas o copas menstruales con el objetivo de acabar con la pobreza menstrual.

Maternidad: permiso por embarazo y buenas prácticas

En cuanto a la maternidad, se fomentarán las buenas prácticas en todas las etapas del embarazo, especialmente, en el parto y en el postparto y se incorporará la baja preparto desde la semana 39 de gestación, que no consumirá ningún día del permiso de maternidad.

Educación sexual obligatoria

El Gobierno pone el foco en la educación sexual y establece su obligatoriedad en las principales etapas educativas. Para ello, se formará en educación sexual y menstrual a profesores y también a funcionarios de prisiones y trabajadores públicos.

Los ‘vientres de alquiler’ y esterilización forzosa: violencia contra las mujeres

La ley establece medidas para la prevención y respuesta del Estado a algunas manifestaciones de la violencia contra las mujeres relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos.

En este sentido, reconoce la gestación por substitución (los conocidos como vientres de alquiler) como una forma de violencia contra las mujeres y se prohibe la publicidad de las agencias que ofertan estos servicios en el extranjero.

También, la esterilización forzosa que todavía se hace en determinadas ocasiones a mujeres con discapacidad. Igualmente, contempla como violencia contra las mujeres el embarazo y el aborto forzoso.

Por último, se creará una línea telefónica para informar de todos los derechos incluidos en la norma.